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Fallos: 88:25 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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DE JUSTICIA NACIONAL 25 sultantes de autos, fallo definitivamente, absolviendo á los señores Klinger y compañía de la presente demanda, con declaracion de que los demandantes deben abonar las sumas adeudadas por amoníaco comprado á aquéllos y devolver los tubos 6 bombones pertenecientes á los mismos, sin especial condena- ° cion en costas.

Hágase saber original y repónganse los sellos, Juan del Campillo.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 2 de 1907.

Vistos y considerando : Que el demandante no ha acreditado que el amoníaco que se le entregó por el demandado no fuese de la calidad convenida, dados los usos de plaza, que se han hecho constar en esta causa.

Que en su virtud corresponde pronunciar la absolucion del demandado de conformidad con la ley primera, título catorce, :

partida tercera.

Por esto y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja trescientas setenta, se confirma ésta, con costas. Repóngase el papel y devuélvanse.


BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE, — JUAN

E. TORRENT.
T. LXXXVIN 3

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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-25

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