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Fallos: 88:164 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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2" Que segun lo exponen los «actores, los cónyuges don Eusebio Perez y doña Valeriana Velazco adquirieron un campo en enfitensis enel año de 1837 ubicado en el partido de 25 de Mayo por compra de derechos que hicieron ádon Cárlos Sarracan, 3" Que el dicho campo á su vezlo hubo el señor Sarracan en compra de don Cárlos Wrigth cuya extension y linderos constan de la escritura que con fecha 27 de Enero de 1861 otorgó el supremo gobierno de la provincia á don Fermin Justo Pereda.

A" Que habiendo fallecido doña Valeriana Velico en el año de 1851, su esposo don Eusebio Perez continuó con la sucesion de aquella en cuyo estado y pendiente la liquidacion testamentaria se presentó al superior gobierno en 1858 pidiendo se le concediera el terreno en arrendamiento á mérito de habérsele extraviado el documento que le otorgó Sarracin: pedido al que se acerdió por decreto de fecha 19 de Abril del mismo año.

5° Que por la cláusula 3" del mencionado decreto se obligaba al señor E, Perez á pazar el canon atrasado que adeudaba por la posesion en que había estado, 6" Que liquidada esa deuda había ascendido á 11.692 pesos con 5 reales de la moneda antigua por el canon de 20 años y 110 días, y 60.410 pesos y 1 real de la misma moneda por arrendamientos devengados á razon de 2000 pesos papel antiguo porlegua, cuyas cantidades abonó el señor Perez el día 6 de Diciembre de 1862.

7 Que habiéndose presentado algunos interesados proponiendo al gobierno la compra de este campo, el señor E, Perez por intermedio de su apoderado don Fermin Justo Pereda manifestó estar dispuesto á usar del der ho de preferencia quela ley le acordaba y que el gobierno le reconoció en efecto, 8" Que en este estado se presentó un escrito firmado por el ya mencionado don E, Perez y don Fermin Justo Pereda, solici

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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:164 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-164

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