VISTA DEL SEÑOR PROCURA SON GENERAL
Buenos Aires, Octubre 5 de 1900.
Suprema Corte :
La ley de 3 de Setiembre de 1878 excluyó de la jurisdiecion federal aquellas causas de menor cuantía y jurisdiecion concurrente, cuyo valor no exceda de 500 pesos, La que motiva los recursos de foja 10 no sólo está comprendida en aquelartículo de la ley citada, sinóque habría dejado de pertenecer al fuero federal, en cualquier caso, en mérito de los fundamentos del anto recurrido de foja 8, cuya confirmacion selicitode V. E, Sabiniano Kier, Fatto de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 13 de 1900, Vistos y considerando : Que stelexpediente agregado resulta ser inexacto que el recurrente ha alegado la incompetencia de jurisdiecion fundado en sa diversa nacionalidad con la demandante, apareciendo por el contrario que ha contestado la demanda sin alegar ta! excepcion y que, sentenciada la causa, ha interpuesto recursos sin desconocer tambien la competencia del juez de paz.
Por esto, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos se confirma, ron costas, el auto apelado de foja ocho, no haciéndose lugar al recurso de nulidad
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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:148
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