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Fallos: 87:394 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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CAUSA CCCLXIY
El Procurador fiscal contra doña Concepcion Amaya, por cobro ejecutivo de pesos ; sobre costas Sumario. — No haciéndose lugar á la ejecucion, las costas son de cargo del ejecutante, aunque la excepcion opuesta sea la de prescripcion.

Caso. — Lo explica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Julio 6 de 1599.

Y vistos: Para resolver la excepcion de prescripcion opuesta por la ejecutada :

Y considerando: Que habiendo abonado la multa, orígen de la presente ejecucion, el señor Leclerc, corredor que vendió y comprí oro por cuenta de la señora de Amaya, la accion contra ésta, es evidentemente improcedente, desde que en el acto de la venta y para las ulterioridades de la misma, — entre las que se encuentra la responsabilidad por infraccion ú la ley de sellos, — elexpresado corredor era su mandatario.

Que aun cuando la accion no hubiera debido dirigirse contra

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:394 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-394

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