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Fallos: 87:340 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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310 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Auto del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 5 de 1898.

Con la conformidad del actor, que podrá prestar en el acto de la notificacion, expida el contador nombrado señor Pippo el informe que se solicita, P. Olaechea y Alcorta.

Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 21 de 1898.

Vistos y considerando : Que se halla consentida la agregacion del complemento de informe presentado por el contador público señor José B. Veniard, pues, como muy bien lo dice el demandado, el Juzgado al dar vista al actor de la peticion de foja 140 no ha entendido suspender los efectos del decreto de foja 139 vuelta, mandando agregar el referido complemento de informe y, por lo tanto, prorrogar el término para su oposicion, _ Que en cuanto al informe exigido del contador señor Pippo, sobre la exactitud del complemento presentado por el otro contador señor Veniard, trátase de una diligencia de prueba verificada fuera de término, con la cual se halla disconforme la contraparte.

Que, por otra parte, propiamente no se pide revocatoria del decreto de agregacion sinó que simplemente se manifiesta disconformidad con el complemento de informe.

Por esto, déjase sin efecto la providencia de foja 142 vuelta,

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:340 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-340

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