1" Que á foja,.. se presentan los mencionados señores A.
Devoto y hermano exponiendo : que con fecha 28 de Diciembre del año 91 vendieron al señor Jacobo Spangemberg el Saladero Gualeguaychú, situado en la ciudad de este nombre, provincia de Entre Rios, en las condiciones que se expresan en el documento corriente á foja 205 de los autos afinados que siguió don Miguel B. Zamora contra ellos y Alsora, agregado 4 foja 17 de esteexpediente, Que estableciéndose en dicho boleto de compraventa que la escrituracion se ha de efectuar cuando lo exijan los vendedores y no habiendo podido conseguir esto del comprador, ocurrían al Juzgado deduciendo la accion que les compete contra éste por el pago del precio, intereses convenidos y otorgamiento de la eseritura.
2" Que corridotraslado, el señor Spangemberg manifiesta que siempre estuvo dispuestoú escriturar, negando lo aseverado por los demandantes al respecto, con tai de que los vendedores subsanen los defectos de que adolecen los títulos de propiedad del referido saladero y levanten los embargos que prsansobre éste, 3 Que abierta la causa ú prueba se han producido por ambas partes la de conf-sion y documentos que corren agregados á los autos.
Considerando : 1" Que el documento de foja 17, cuya autenticidad han reconocido las partes litigantes, es un verdudero boleto de compra-venta, en el que expresamente se consigna la obligacion, por parte de los firmantes, de reducirá escritura pública el acto jurídico que en él se contiene, 2" Que siendo esto así, procede examinar el mérito de las razones aducidas por el demandado para negarse á escriturar en tanto no se satisfagan sus exigencias respecto de los títulos y condiciones del inmueble, 37 Que él sostiene que los títulos son defectuosos, por euanto en la escritura de compra de los señores Devoto á la sociedad anónima no se ha transcripto ni el decreto del gobierno de
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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:250
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