DE JUSTICIA NACIONAL 187
CAUSA COCXX XII
Don Salvador Moret contra la provincia de Santa Fé:
sobre cobro de pesos y costas Sumario. — 1° Reconocida la ejecucion de las obras debe mandarse pagar el precio estipulado de acuerdo con el contrato y con las obras hechas.
2° Habiendo exceso en la demanda no corresponde lau condenacion en costas.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 11 de 1900.
Vistos estos autos seguidos por don Salvador Moret contra la Provincia de Santa Fé, por cobro de pesos, de los que resulta :
Que el actor expone en su escrito de demanda de foja once, que en ejecucion de contratos celebrados con la parte demandada había hecho obras en el edificio de la Escuela normal de maestros por valor de pesos catorce mil trescientos, suma que se descompone, segun la cuenta de foja primera, en la de pesos nueve mil por pintura de paredes y puertas ; en la de pesos cuatrocientos, por la claraboya con enrejado y vidrios de color ; en lade prsos doscientos por vidrios de color para la torre y
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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:187
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-187
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