a M2 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE A CAUSA CUXCY E Don Féliz Montilla contra don Clodomiro MHileret y por cobro de pesos Sumario. —1° Justificado el contrato de obras, y no probada la excepcion de pago opuesta en la contestacion, debe prosperar la accion fundada en dicho contrato.
2 Para la resolucion del pleito, debe tomarse la causa tal E como se planteó en la demanda y en la respuesta, y eliminarse las cuestiones nuevas que se promuevan en la expresion de agravios contradictoriamente á esas bases.
Fallo del Juez Federal Tucuman, Diciembre 26 de 1898.
Y vistos: En el juicio seguido por don Félix C, Montilla, agricultor, casado, mayor de edad, con domie lío constituído para el juicio en la secretaría, contra don Clodomiro Hileret, casado, mayor de edad, comerciante y vecino de Santa Ana, sobre cobro de pesos en vía ordinaria, resulta:
1° Don Félix C. Montilla se presenta con el escrito de foja 1 exponiendo : Que celebró verbalmente con don Clodomiro Hileret, un contrato mediante el cual éste le entregó un lote inculte de terreno, ubicado á inmediaciones del ingenio Lules, hacia
Compartir
56Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1900, CSJN Fallos: 86:412
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-86/pagina-412¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 86 en el número: 412 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
