3 Cebe rechazarse la demanda de reivindicacion y division del 3 condominio de ella.
5 a Fallo del Juez Federal Rosario, Abril 19 de 1892.
Autos y vistos: Los presentes iniciados por don Angel Almeira, en representacion de don Manuel Feliciano, don José Urbano, don Enrique, doña Natalia y doña María Fernandez, demandando al doctor don Bernardo de Irigoyen por la entrega de una de las partes de un bien raíz que aquél dice retiene éste, no siendo de su propiedad, situado en los confines de esta ciudad, compuesto de 129 metros 900 milímetros de frente, por 259 metros 80 centímetros de fondo, con un contrafrente de 60 metros 62 centímetros, lindando por el frente, al Sud y costado Oeste, con el demandado, y por el Norte y Oeste, con los Fernández.
Resulta: 4° Que los demandantes fundan su accion en haber dicho inmueble pertenecido á la sucesion de su señor padre don Cipriano N. Fernandez en la tercera parte que á éste correspondía como propietario condómino que fué del mismo, con sus coherederos doña Juana Fernandez de Lora y doña Delfina Fernandez de Almeyra, habiendo vendido la madre de los actores, coheredera de los mismos en aquella fraccion del terreno, las acciones y derechos que úella y cuatro de sus hijas correspondía, con autorizacion de éstos, mas no lo que ellos venían ú re— clamar.
2" Que por motivo de division solicitada por algunos interesados con el doctor Irigoyen, se vendió hace algunos años, judicialmente la totalidad del terreno objeto de la demanda.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:372
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