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Fallos: 86:216 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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a 216 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E es ante el juez que debe partirlos entre los herederos y de la Ro sucesion aquella que debe continuarse y terminarse aquel juiTa cio en el estado que hoy se encuentra.

E En su consecuencia, opino que debe V. S, desprenderse del conocimiento del juicio aquel, el que debe ser remitido al juez E de la sucesion Buschiazzo, quien seguirá conociendo en el misE mo en el estado legal que hasta hoy se encuentra, Es mi enY tender, salvo etc.

h Luis (3. Zamora.

Fallo del Juez Federal F Paraná, Noviembre 5 de 16898.

E Visto lo resuelto por el señor juez de primera instancia de Gualeguaychú, negándose á cumplimentar las diligencias de N prueba que le fueron requeridas por este juzgado en la causa É promovida por don Loreto Vela contra don Juan Buschiazzo sobre simulacion de contrato de venta, por decir que no es de la L competencia del proveyente seguir conociendo en el juicio aluE dido por haber fallecido Buschiazzo y estar abierto el juicio de a sucesion por el dicho juez de Gualeguaychú, ante quien por lo mismo debe continuarse el litigio entre Vela y la sucesion de | aquél, con lo expuesto por el demandante y el procurador fiscal, Y considerando : Que el artículo 12 de la ley de jurisdiccion y competencia de los juzgados federales excluye expresamente E de su jurisdiccion el conocimiento de los juicios universales de concurso de acreedores y particion de herencia, cualquiera que fuese la nacionalidad 6 vecindad de los interesados en ellas, y E aunque deduzcan allí acciones fiscales de la nacion.

Que en conformidad con esta disposicion y siguiendo la ju

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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:216 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-86/pagina-216

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