CAUSA COLI
E Dor: Loreto Vela contra don Juan Buschiazzo, por simulacion a de contrato; sobre competencia a Sumario. — Failecido el demandado, la causa seguida ante a el juez federal por accion de naturaleza personal, debe ser rer. mitida al juez de la sucesion, a AUTO DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA L a Gualeguaychú, Octubre 17 de 1898, f Y vistos: El exhorto precedente, dirigido por el señor juez re federal de seccion, sobre diligencias de prueba, en el juicio que Re sobre simulacion de una venta sigue don Loreto Vela contra 4 don Juan Busohiazzo, LE Y considerando: 14" Que con fecha 4 de Octubre del coBo rriente año y habiéndose comprobado debidamente el fallecimiento del causante con la respectiva partida de defuncion, se E decretó ante este juzgado la apertura del juicio sucesorio de É don Juan Buschiazzo, el mismo que actualmente sigue la traE mitacion regular marcada por la ley procesal.
+: 2" Que siendo el proveyente el juez de la sucesion, es de esLa tricta aplicacion la disposicion del artículo 12, inciso 4, de la h ley de 14 de Setiembre de 1863 sobre jurisdiccion y competen
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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:212
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