E É Que sobre tales bases, la jurisdiccion federal para el conoh: cimiento de la causa se halla expresamente establecida por el ha artículo dos, inciso diez de la ley sobre competencia de los triF bunales federales, de catorce de Setiembre de mil ochocientos É sesenta y tres, Por estos fundamentos, se revoca el auto apelado de foja diecisiete, declarándose que el conocimiento de la causa corresponde por razon de la materia á la justicia federal, En consecuencia, devuélvanse los autos para que el inferior, reasumiendo la jurisdiccion de que se ha desprendido, proceda ú conocer y resolver en ella, con arreglo á derecho. Notifíquese con el original y repóngase el papel.
BENJAMIN PAZ, —ABEL BAZAN.—
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.
TORRENT. — H. MARTINEZ,
CAUSA CCOXXXY
Doña losario Maria Fernandez en los autos ejecutivos de don Nicanor Salvatierra contra don José Falconi, por tercería de dominio ; sobre costas.
Sumario. — No puede ut. uirse temeridad al ejecutante, que, antes de la interposicion de tercería, no conste que tu
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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:120
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