Es 318 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Y su mision dentro de la ley, de la constitucion, ha dicho Gruike, y Naturaleza y tendencias de las instituciones libres. Rear sumo; el poder judiciario no puede declarar inconstitucioÉ nal una ley de expropiacion dictada por el Poder Legislativo 5 aun cuando su sancion envuelva un atentado á la propiedad, por e cuanto es privativo de ese poder determinar lo que ha y debe N ser expropiado, conforme con lo dispuesto por la constitucion, tanto nacional como provincial, Las 100hectáreas concedidas por el Poder Ejecutivo á la empresa del Ferrocarril Central Oeste Santafesino para las instala cion de estaciones y fundacion de pueblos, donde lo creyere conveniente, exceden mucho á lo que es de necesidad paru con seguir tales propósitos, por consecuencia debe la ley que acordó a concesion declararse inconstitucional en la parte que obliga á cada propietario á ceder más de lo que debe, Esta es la otra faz de la cuestion, tratarla, pues, en cuanto ú lo que se relaciona con los hechos, opina el señor Bombal y ásu vez la sentencia, que la designacion de 100 hectáreas para los fines indicados es, á todas luces, excesiva y como tal consagratoria de un verdadero despojo de la propiedad, ¿Cuáles son las razones que invocan en su apoyo? ¿cuál la regla ó criterio que los ha guiado para establecer tales asertos? Con los antecedentes de este litigio ála vista noto que sus apreciaciones se basan en un dictámen pericial y en el uso 6 práctica establecida, uso ó práctica que surge, segun ellos, de la ley nacional de fecha 18 de Octubre de 1882, y sancionada ú propósito de lo que había de expropiarse para la formacion dela via ferrea del Central Norte, Si el dictámen pericial que se invoca en apoyo de sus asertos emanasen de una oficina técnica, preparada para el efecto, del Departamento de Ingenieros de la Nacion, por ejemplo, podría pasar y ser considerado como serio; pero pierde este carácter y su fuerza si se tiene presente que él ha sido expedido en bre
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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:318
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