des nacionales las gestiones para obtener las pensiones militares que correspondían á doña Andrea Chanqui de Gimenez, para lo que ésta otorgó el respectivo poder; cumplido su compromiso, á su costa, sin que doña Andreá ni Gimenez le hayan dado un centavo, y habiendo hecho compromiso verbal de que le sería abonado el 30 por ciento etc...» y pide se declare solidariamente responsables á los demandados de la cantidac de 3133 pesos 48 centavos é intereses, Es evidente la identidad de objeto y la identidad de causa.
4 El apoderado Chañi supone que el desistimiento de la demanda que hizo su antecesor en el poler, ante la jurisdiecion de la provincia, que deliberadamente eligió, molifica las condiciones de Zitis pendentia.
No hay objeto de entrar á esclarecer los efectos del desistimiento en una querella voluntaria iniciada y voluntariamente abandonada, pero es que el desistimiento, aunque haya sido admitido por la parte contraria y por el juez de la causa no puede tener los efectos que supone Chañi, cuando ante el mismo juez y en la misma causa continua sub-judire en virtud de reconvencion.
Ha hecho abandono de su demanda, es cierto, pero está sujeto á los efectos que ésta ha provocado mediante acciones conexas que á su adversario correspondía: por obligaciones reciprocas que no ha: extinguido el derecho de usarlas, Puede verse á Caravantes, Ley de Enjuiciamiento, tomo 2, párrafo 690 y siguientes: « Li reconvencion produce tres efectos: 1" Que los dos pleitos se sigan al mismo tiempo y que se fallen en una misma sentencia ».
5" La parte actora en este juicio prorrogó deliberadamente la jurisdiccion, en el juicio seguido ant» el juez de provincia ha contestado á la nueva demanda sin observar en caso alguno, ni en ningun estado del juicio la competencia.
No puede ahora buscar otro fuero, porque está dispuesto en
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:54
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