fensor á foja 80, contra la sentencia de foja 66 que le condenó á una mulia y costas procesales.
Dada la naturaleza de la pena (1) y la aceptacion de la condena por el representante del ministerio público, nada se opone ála admision de aquel desistimiento, que ningun derecho sostenido en la causa lesiona, y procedería, en consecuencia, devolver los autos al juzgado de que proceden á los efectos que hubiera lugar, siendo uno de ellos poner al procesado Cadizá á la disposicion del señor juez federal para la continuacion de los procedimientos decretados á fojas 115 y 116 vuelta, Sabiniano Kier.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 10 de 1900.
Atento lo expuesto por el señor Procurador general y lo manifestado por el procesado á feia ciento diez y seis, hase por desistido de la apelacion interpuesta por su defensor á foja ochenta, y en consecuencia, devnélvanse los autos al juez dela causa, Notifíquese original.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNGE.-— E. MAR
TINEZ.
1) Seiscientos pesos de multa,
Compartir
46Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1900, CSJN Fallos: 84:338
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-84/pagina-338¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 84 en el número: 338 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
