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Fallos: 84:269 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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DE JUSTICIA NACIONAL 269 CAUSA CI Don Benito L. Ramaryon contra el Banco Nacional en liquidacion; sobre daños y perjuicios Sumario, — 1" La prision preventiva no es obra del que la solicita, y no lo responsabiliza si no ha inducido en error al jue 2" En la acusacion criminal seguida por los representantes de un Banco, no puede imputarse ú estos culpa 6 negligencia , y exigirse al Banco indemnisacion de perjuicios, si la sentencia absolutoria hace constar que el caso podía reputarse dudoso, declara que la acusacion no es calumniosa, y no hace lugar á la condenacion en costas al acusador, Ci50. — Resulta del Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Agosto 25 de 1897, Y vistos: Estos autos seguidos por don Benito L. Ramayon contra el Banco Nacional en liquidacion por daños y perjuicios.

Resulta: 1 Que á foja siete se presenta don Luis R, Saenz por don Venito L. Ramayon, por sí y como cesionario de los

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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:269 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-84/pagina-269

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