— 210 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE O eulo205 de la ley de procedimientos y corran segun su estado.
6 Repóngase la foja.
M. S. de Aurrecoechea.
E É Falo de la Suprema Corte E a Buenos Aires, Abril 26,de 1900.
Vistos y considerando : Que en el escrito de foja treinta y seis se interpone el recurso de apelacion del auto de foja treinta | vuelta, y foja treinta y una.
E Que de conformidad con el artículo doscientos cinco de la ley É y de procedimientos no ha podido deducirse recurso alguno contra E. el mencionado auto.
F Que tanto en virtud de la citada disposicion como en atencion E á los artículos doscientos treinta y tres, doscientos treinta y y cuatro y doscientos treinta y cinco de dicha ley, no procede E tampoco el de nulidad. - " Por esto se declara mal concedido el recurso de apelacion E otorgado á foja treinta y seis vuelta. Notifíquese original y, repuestos lus sellos, devuélvanse, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. -—
OCTAVIO BUNGE. — E. MANTI-
NEZ,
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:210
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