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Fallos: 83:243 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL 213 .

y siete, dejándoseen consecuencia subsistente el de foja cuarenta y cuatro vuelta. No se hace lugar al recarso de nulidad por | no haber mérito para ello. Notifíquese original, y, repuesto el papel, devuélvase,
ABEL BAZAN. — JUAN E. TORRENT.
— E. MARTINEZ.

CAUSA Il Don Emilio Silveyra Leanes contra don Honorio D. Acevedo, por cobro de pesos; sobre reposicion de sellos y recurso de queja Sumario. — Corresponde que se repongan los;sellos antes de ; elevarse los autos al tribunal de apelacion.

Caso. — Resulta del siguiente INFORME La Plata, Pebrero 1° de 190 Señor Juez:

En esta causa se ha seguido por el señor Procurador fiscal una ejecucion contra don Honorio Acevedo y el ncurrente don == úl

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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:243 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-243

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