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Fallos: 83:231 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL 231 Nacional, sobre tercería coadyuvante, en la ejecucion que éste sigue contra don José Arrondo, de que resulta:

Que en5 de Agosto de 1893 el representante del Banco se presentó conla letra de foja... (expediente del juicio ejecutivo) valor de pesos 8460, demandando ejecutivamente el pago de pesos 338.40 por intereses y amortizaciones vencidas, El mismo ocurre nuevamente al Tribunal en 22 de Septiembre del mismo año con la letra defoja 17, valor de pesos 5439, demandando el pago de pesos 217.56 por intereses y amortizacion, y en 8 de Noviembre demanda pesos 100.25 por amortizaciones vencidas de las dos letras de fojas 24 y 26, más los intereses y gastos. Con ocasion de esta ejecucion, asf ampliada, se le embargaron á Arrondo los edificios situados en la esquina calle de Diamante y plaza Constitucion, construídos en un terreno de 50 metros de frente al Sud, por 78 de fondo al Norte, que linda: al Norte Galvez y Enrique Berduc; al Este, Fontanello hermanos ; al Oeste, calle Colonias; y al Sud calle Diamante.

En 22 de Noviembre de 1893 se presentan Bechen Andrieux y Compañía, por medio de su representante, con la escritura hipotecaria de foja... promoviendo tercería coadyuvante, para que se declare el preferente pago de su crédito, valor de 71.000 pesos nacionales de curso legal, con el producido de la venta de los edificios embargados por el Banco.

Funda la demanda en la escrituraacompañada defoja..., segun la cual, en 5 de Setiembre de 1892 don José Arrondo se da por recibidode los señores Bechen Andrieux y Compañía, del comercio de Buenos Aires, de la suma de pesos (25.000) veinte y cinco mil pesos, como anticipo para la compra de trigos, segun contrato de la misma fecha, en garantía de cuya suma, así como de las demás que reciba de los expresados señores para la compra de trigo, afecta á su favor en segunda hipoteca el molino « Colon », edificado en un terreno de 34 metros de frente al Sud, por 78 de fondo al Norte, que linda : a) Sud, con la calle Dia

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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:231 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-231

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