DE JUSTICIA NACIONAL 327 CAUSA CDLEXN Y | Don Miguel A. Turnor contra el Jockey Club ; sobre cobro i de pesos y nulidad E Sumario. — 1" Habiendo la sentencia recurrida resuelto É todos los puntos contenidos en la demana, debe rechazarse el recurso de nulidad fundado en la afirmacion de no haberlo j hecho, 2 Producida de conformidad de partes la desvinculacion de re las obligaciones creadas por contrato, ninguna de ellas puede ; exigir de la otra la ejecucion de las mismas, 4 3 Cesado así el contrato celebrado con el arquitecto sobre la E direccion de una obra con la retribucion del cinco por ciento del E valor de ella, sólo se debe dicha retribucion, tanto por las obras y presupuestadas como por las extraordinarias, sobre el valor de y la obra ejecutada en la fecha de la cesacion del contrato. , 4" No puede hacerse lugar á la contrademanda, cuyos capí- q tulos no han sido justificados. E Caso. — Lo explica el fallo de la Suprema Corte y el Yatlo del Juez Federal 4 Buenos Aires, Febrero 26 de 1898, 1 Y vistos: estos autos promovidos por don Miguel A. Turner > contra la suciedad e Jockey Club », sobre cumplimiento de un E contrato y cobro de pesos : E
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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:327
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-82/pagina-327
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