232 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE se refiere, no resulta que haya sentencia definitiva dictada por el superior tribunal !: Entre Rios, que autorice el recurso acordado por el artículo catorce de la ley de jurisdiccion y competencia de los tribunales federales.
Que el mencionado recurso sólo procede en los casos taxativamente determinados por el citadourtículo sin que pueda autorizarlo la interpretacion ó aplicacion que los tribunales de provincia hicieren, de los códigos Civil, Comercial, Penal y de Mineria como lo establece el artículo quince de la referida ley de acuerdo con lo dispuesto en el inciso once, artículo sesenta y siete de la Constitucion.
Que no estando el presente caso comprendido en ninguno de los incisos del recordado artículo catorce, el recurso interpuesto es improcedente, Por ésto, no ha lugar y archívese, reponiéndose el papel BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.
TORRENT. — H. MARTINEZ.
CAUSA CDLXIS
El doctor don José J. Hall, contra el doctor don Julian Gelly, porinjurias; recurso de resolucion de la Cámara de Apelaciones en lo eriminal de la Capital.
Sumario. — No procede el recurso á la Suprema Corte de la resolucion de los tribunales ordinarios en que su pronuncia miento ha sido á favor de la aplicacion de la Constitucion.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:232
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