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Fallos: 81:421 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL 421 | terrenido en la ejecucion del hecho, como autores ó complices, no lo son sin embargo hasta el extremo de no dejar evidenciada la existencia del cuerpo del delito y culpabilidad de algunos de los que han intervenido en su realizacion, Las deposiciones de a los encausados prestadas ante las autoridades paraguayas y ratificadas las de Cabral y Lopez, ante este tribunal á foja... de :

este proceso, no arrojan indicio alguno, de cómo y quiénes, han Eq sido los autores de sustraccion de los animales de poder de sus y sueños, pues todas ellas se reducen á confesar que los anima- q les fueron pasados con las guías en que aparecen interviniendo empleados de la policía, circunstancia esta última que tampoco | se ha esclarecido por fulta de los originales, ya que las personas ° indicadas como suscritoras de tales guías exhibidas sólo en copia, han negado toda intervencion en ella. No obstante esto, el E hecho de hallarse en poder de tales personas los animales hurtados, las hacen aparecer como ejecutoras del hurto 6 hurtos | con la responsabilidad que á cada una incumbe segun las cons- Y tancias que arroje el proceso, :

Que aún cuando Cabral pretenda excusar su participacion en el hech» delictuoso alegando haber sido un simple peon de R:- | mirez ó Machado, múltiples circunstarcias demuestran sin em- | bargo lo contrario, como va ú verse, En efecto, el mismo Cabral manifiesta á foja... que Ramirezle declaró en la intimidar que su verdadero apellido era Machado, dándole la explicacion :

de tal cambio de nombre, y por tant», desde este momento, toda :

participacion en los actos ulteriores practicados en compañía $ de Ramirez, lo hacía igualmente responsable. A más de esto, 3 ambos fabricaron una marca en la casa de don Ladislao Lopez e para marcar con ella algunos animales, como lo hicieron, cuyas A marcas no coincidían con las señaladas en las guías respecti- :

vas. Pero se tiene más aún, y es la nueva delincuencia cometi- 3 da con ocasion de venir ú Posadas en busca del comprobante de E:

los tres caballos que motivaron, segun ellos, el embargo de la ; E

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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:421 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-421

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