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—.» FALLOS DE LA SUPNEMA CONTE modificar lo convenido y rehusar el cumplimiento de lo estipulado.
Que habiendo cumplido, por su parte, con las obligaciones que le imponía el contrato, conforme con el artículo 1204 del Código Civil, estaba en su derecho de exigir al Banco el cumplimiento total de su obligacion, Que en mérito de su exposicion, pedía al juzgado que al resolver en definitiva condenara al Banco : 1 á lu entrega de los mencionados pagarés suscritos por él á su órden por 3900 pesos el uno y por 3906 pesos el utro; 2 i expedirle el recibo de depósito, cancelutorio de su cuenta corriente á la época en que fué liquidada ó sea por pesos 3948,17 centavos ; y 3" al pago de las costas y costos, El Banco Nacional, contestandola demanda, dijo ser inexactos la mayor parte de los hechos en que fundaba su demanda el actor, pues que los gerentes no habían hecho sinó cumplir con su deber al ordenar la suspension de esa operacion que conceptuaban perjudicial para el establecimiento.
Que los consejos tenían rol meramente consultivo, pudiendo el gerente separarse de ellos.
Que no vera cierto que el ex-gerente Voget, ordenara la liquidacion ; que, por el contrario, ordenó no se hiciera.
Que los estatutos y disposiciones reglamentarias imponían á los gerentes que no realizaran operaciones que fueran verjudiciales, como hubiera sido la de que se trita, por la elevada apreciacion del terreno en cuestion y por lu insolvencia de los solicitantes, Que además, el uctor Pazno fué parte en esas gestiones, y que por tanto no tenía personería para instaurar esta demanda.
La causa fué abierta á prueba, y la parte de Paz produjo la que corre de foja,.. 4 foja... y el Banco la confesion de Paz, de foja... Corresponde ahora pronunciarse sobre el mérito de la prueba rendida.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:40
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