E. FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
| personalidad del gestor, si le conviene, ú vpongn, en caso contrario, la excepcion correspondiente, Por estas razones, fallo: declarando justificada la excepcion de falta de personería en °) demandante, don Ignacio Lopez, á quien condeno al pago de las costas del artículo, sin perjuicio de la accion que corresponda álos herederos de don José Uriburn para perseguir el pago del arriendo objeto de esta demanda. Repóngase y notifíquese orginal.
David Zanbrano.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 15 de 1899.
Vistos: y tenirudo en consideracion que, con urreglo al artículo quinto de la ley de procedimientos, los apoderados y procuradores, deben neredit .r su personería desde la primera gestion que hagan en now:b-e de sus puderdantes con la competente escritura de poder y que, como lo divela iey diez, título quinto, partida cinco, nadie puede tomar poder por sí mismo para ser personero de otro ni para hacer demanda por él en juicio sin otorgamimiento de aquel cuyoes el pleito, salvo las excepciones establecidas por la misma ley en las que no se rncuentra el caso presente, Por esto, se con irma el auto apelado de foja ocho vuelta, con ostias, Hágase sab»roriginal, y repuesto los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN PAZ.— ABEL DAZAN.
- OCTAVIO BUNGE. — MH.
MANTINEZ.
Compartir
50Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1899, CSJN Fallos: 80:44
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-44
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 80 en el número: 44 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos