38 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE xeles ninguna razon contraria, imposible sería mantener una organizacion regular y estable en los cuerpos formados de aquella clase, Por estos fundamentos, no obstante lo dictaminado por el señor "seal, fallo: declarando no haber lugar á lo pedido por don Tiburcio Torres, sa!vo el recurso á que tendrá derecho despues de ser restituido ál» jurisdiecion militar si fuese ilegalment detenido en cl servicio.
Repóngase, notifíquese y hágase saber por oficio á 8.5. el eomandante en jefe de la brigada norte.
David Zambrano.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 30 de 1898, Suprema Corte:
El soldado Tiburcio Torres, solicita de los tribunales federales la declaracion de n- estar obligada á prestar servicios militares y de no ser por lo tanto desertor.
El informe de fuja 6 que no ba sido contradicho y corrobora lo expuesto por el recurrente, expresa que hay de por medic una grave falta de aquél, como es la de desertar encontrándose en actos de servicio, llevándose las prendas del uniforme, No estando el recurronte actun!mente en servicio por haber desertado de las filas de su regimiento no es el momento de reso!ver la cuestion sobre las excepciones del servicio activo, sino el dejuzgar y resolver si el hecho de abandonar las filas, sin hacer ni obtener la declaracion de exceptuado de la autoridad competente lo coloca en la condicion de desertor del ejército.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:38
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