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Fallos: 80:39 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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La resolucion á este respecto no corresponde al juez « quo ; el interesado sólo puede hacer valer sus excusaciones legales ante 1 autoridad militar, puesto que el hecho se ha producido estando en campaña y bajo la jurisdiccion militar.

Encuentro por ello justa [: resolucion del señor juez federal de Salta, corriente ú foja 10 vuelta, que pido 4 V. E, sesirva confirmar por sus fundamentos, Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 15 de 1899, Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general, se confirma el auto apelado de foja diez vuelta. Devuelvanse.

BENJAMIN PAZ. — ABEL BA
ZAN — UCTAVIO BUNGE.
CAUSA €COLVILL Don Francisco Matos, en terceria en el juicio seguido por don Juan E. Tamayo contra don A. Diez Martin; sobre absolucion de posiciones, Sumario, — Despues de llamados autos para sentencia, no hay derecho para pedir absolucion de posiciones.

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-39

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