Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 80:40 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

Eo 40 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE 3 Caso. — Lo explica el fallo de la Suprema Corte.

Fallo del Juez Federal Salta, Febrero 17 de 1899.

Y vistos: Por los fundamentos del anterior escrito, disposicion citada por el secretario en la diligencia de foja 44 y las ci'adas en este escrito, no ha lugar á la revocatoria, ni ála apelacion interpuesta contra la provilencia de autos, para defi nitiva corriente á foja 51 vuelta, con costas. En cuanto á la última parte del escrito de foja 53, no ha lugar, de conformidad al artículo 108 de la ley nacional de Procedimientos y decl aracion de la Suprema Corte, en el fallo de la 2" serie, tomo 14 pág. 573 , por estar cerrado el juicio con dicha providencia, David Zambrano.

Fallo de la Suprema Corte Puenos Aires, Julio 15 de 18599.

Vistos y considerando : Que despues del llamamiento de autos, hecho en la causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento setenta y ocho de la ley de procedimientos, es que el recurrente ha pedido en el escrito de foja cincuenta y tres que el contrario absuelva posiciones.

Que, en consecuencia, el inferior, no haciendo Jugar á esa absolucion, se ha ajustado á la disposicion del artículo ciento ocho de la citada ley que invora en apoyo de su resolucion.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

44

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 80:40 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-40

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 80 en el número: 40 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos