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Fallos: 80:268 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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208 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
VISTA UEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 21 de 1899.

Suprema Corte :

La sentencia de foja 24 ha enumerado con estricta sujecion á las constancias de autos, los hechos de circulacion de billetes de banco falsificados que ha perpetrado el procesado Segundo Castro.

Ninguna duda queda respecto de la perpetracion de ese delito, ante las declaraciones del procesado, corrientes á fojas 4 y 10.

El delito se ha consumado concientemente en repetidas ocasiones, demostrándolo así, no sólo los testigos examinados y las confesiones concordantes del procesado, sinú tambien el secuestro de los billetes falsos agregados, y de la suma en moneda lega!, producto de la especulacion delictuosa.

La pena impuesta en la sentencia es justa, con sujecion á lo dispuesto en el artículo 62 de la ley subre crímenes contra la aacion, pero pienso de conformidad con lo pedido por el defensor, á foja 34 vuelta, que debe descontarse de aquella pena el —— tiempo de prision que lleva sufrida el procesado, con sujecion lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. Pido á V, E.

se sirva asf declararlo.

Sabiniano Kier.

Valle de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 12 de 1899, Vistos y considerando: Que aunque es verdad que la sentencia de foja veinticuatro aprecia y resuelve el caso con arreglo al

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-268

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