caer las chispas de 10 ú 15 metros de distancia y queel incendio se produjo en dos ó tres partes, foja 126 vuelta. Miguel Julian vió producirse el inzen'io de dos cnadras de distancia sin ver caer las brasas; y sabe esto por cuanto se quemó el campo inmediatamente de pasar el tren, Esto en cuanto al primer incendio, En cuanto al segundo : el testigo Cárlos Torres sabe de él porque se lo dijo Julian, á quien encontró apagándole. Vió tambien desde cuitro ó seis cuadras que se levantaba el humo lurgo de pasar el tren (foja 122). Hermigenes Moyano vió caer las chispas que produjeron el incentlio como á 30 6 40 metros de distancia (foja 131). Miguel Julian estuvo como á cuadra y media, cuando se produjo el incendio; vió las brasas que lo produjeron pero uo las vió caer (foja 140).
Subre estas declaraciones que, como se ha dicho, comprueban plenamente los incendios, debe tenerse en cuenta que las discrepancias que se observan son subre detalles; que no es extraño que un testigo calcule, en cuadras más ó menos el pun= to donde se produjo el incendio, respecto á la estacion 6 respecto al punto en que él se encontraba; y que varíe en el número de metros de distancia de los rieles el punto inicial del incendio; etc. Debe por último recordarse que los testigos declarán despues de dos años de producidos los hechos.
Gimprobado que fué el tren ó las chispas de las máquinas lo qua produjo los incendios, debe estudiarse si la empresa es rot por ellos.
2° Si está constatado que la empresa ha produsido el daño, es ella quien debe repararlo á menos que probase que de su parte no hubo culpa, 6 sea, que el hecho es el resultado de un caso fortuito ó fuerza mayor (artículos 1133 y 514 del Código Cisil).
La empresa no ha saministrado esta prueba; ni ha probado un hecho imprevisto é imposible de preveer, y al contrario los
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:247
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