CAUSA CXIV.
D. Cicudio Manterola, contr D. Eugenio Bustos, sobre autos ejecutivos.
Sumario. — 1 Resultando intempestiva - una ejecucion debe alzarse el embargo.
2" No existiendo justa causa no se puede ordenar la mejora de una garantía aceptada por las partes.
Caso.— En el juicio ejecutivo seguido contra D. Gabriel Fornes como fiador de D. Claudio Manterola á favor de D. Eugenio Bustos se declaró por fallo de la Suprema Corte de 20 de Setiembre de 1866 que antes de ejecutar al fiador, se hiciera escusion contra los bienes del deudor.
Notificada esta resolucion ú las partes, D. Claudio Mantarola pidió se declarase no haber lugar á la ejecucion, porque esta se habia ordenado sin perjuicio de lo que la Suprema Corte resalviese respecto de la providencia de f. 38; y, habiéndose esta revocado, debia revocarse tambien la ejecucion.
Sustanciada esta peticion solicitándose por Bustos la mejora de la fianza, se dictó el siguiente
Compartir
54Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1869, CSJN Fallos: 8:84
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-84
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 8 en el número: 84 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos