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Fallos: 8:356 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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Que puso el cúmplase al decreto de Videla cuando este asumió el mando de la provincia; Que nombró empleados civiles y militares, obligando á varios ciudadanos al ejercicio de cargos públicos ; Que pidió fondos á la legislatura para sostener la rebelion.

Que todos estos actos fueron autorizados por su ministro Quiroga Alvarez, Conferido traslado, Flores promovió primero artículo de incompetencia, y resuelto este por el fallo de la Suprema Corte de 5 de Noviembre de 1868, contestó pidiendo se le absolviera de la accion criminal y civil y se condenara úá los acusadores en costas, daños y perjuicios, dejando úá salvo el derecho de demaudarles por calumnia.

Dijo que el nombramiento, legal ó no, de Gobernador provincial no es un delito nacional que pueda juzgarse por la Justicia Federal.

Que la presion ejercida por Videla para tal nombramiento no era sabida por él, ni estaba justificada la preexistencia de un acuerdo entre él y Videla.

Que no se recibió del gobierno, sino por ruego de los ciudadanos, para salvar el órden, y ayudó á resistir la invasion de Videla.

Que nombró la comision colectora porque la ciudad estaba amenazada de saqueo.

Que la nombró para contribuciones voluntarias, y cuando se trató de imponerlas - forzosas, eludió las órdenes que al respecto habia dado el rebelde Varela, pasando nota á la sala de R. R.

Que el cúmplase al decreto de 22 de Enero y otros actos no pueden serle imputados, porque él obraba bajo el imperio de la fuerza.

Que el nombramiento y la retencion de empleados no era un delito de rebelion desde que no los puso al servicio de la rebelion.

Que tuvo siempre antipatía para los jefes rebeldes, y por esto sufrió varios despojos y fué destituido del gobierno,

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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:356 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-356

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