Fallo del Juez de Seecion.
Buenos Aires; Setiembre 13 de 1869.
Vistos estos autos seguidos entre D. José Crovetto y Don Hilario Pavon, sobre cumplimiento de compra-venta del patacho « La Paz», resultando: —1° Que los propietarios del buque autorizaron al rematador D. Mauricio Cruz Olivera para la venta del bergantin goleta «La Pazo úá la mas alta postura y dinero al contado, lo que está reconocido en autos por ambos propietarios. —2 Que la venta tuvo lugar el día 3 de Enero del corriente año á favor de D. Milario Pavon en la cantidad de 5,600 pesos fuertes y con la espresa condicion de recibirse del buque en el «cto de hacerse su abono dentro de los tres dias siguientes, como lo acredita el documento de f. 5 reconocido por el comprador. —3" Que éste ( Pavon) se niega al pago del precio, fundándose en que no se recibió del buque y en que el sócio Martinez se oponia á la venta. — 4" Que es efectivo que Martinez se opone á la venta, fundándose en que, no habiendo habido otra postura que la de Pavon, no ha sido vendido á la mas alta postura que era la autorizacion conferida al rematador, y considerando: — 1" Que la oposicion de Martinez no es fundada, pues las palabras d Le mas alta postura solo excluyen la venta privada, pero no importan la precisa condicion de que ha de haber forzosamente mas de una postura, pues es de práctica constante y universal que los objetos sacados á remate á la mas alta postura, ya lo sean por órden judicial ó de sus dueños, sean vendidos al único postor que se presentare, lo cual es natural por otra parte, porque dicha postura puede ser el precio verdadero de la cosa, y aun superior, y por consecuencia no hay razon para que otros ofrecieran mayor precio.
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:306
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-306
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