de los límites del terreno vendido había una fraccion de 2884 metros cuadrados de propiedad :lel señor Parera, Que este hecho lo puso en conocimiento de Triacca quien en su carta contestacion que acompaña á fojas... lo ratificó haciendo 4 la vez la historia del título de Parera, segnn lo cual resulta ser de fecha anterior al de Triacca, pues data del año 1887, y haber sido poseído por su propietario.
Que despues de esta confesion del mismo Triacca, que le demostro la inutilidad de seguir haciendo gestion, fué que, en uso del derecho que le acuerda al comprador el artículo 1345 del Código Civil, manifestó á Triacca por carta de 27 de Octubre cuya copia presenta, que desistía de la compra, pues la difencia de la área vendida y la que resulta, excedía de un vigésimo de la área designada en el contrato.
Agrega, que ú más del título de Parera preexistente, resulta que la Municipalidad que en un principio estaba decidida á escriturar una parte del terreno en virtud de la concesion de Triacca ha escriturado en propiedad gran purte de él á los señores Angel Grippo, herederos Guido, Dorot:o Balbarrey, Meliton Rivera, Juan N, Sosa, Luis Machi y José M, Palma hecho que consta por la protesta publicada por el mismo Triacca en 23 de Marso de 1891, Que la imposibilidad en que Triacca se encuentra de darle la .
posesion del terreno vendido, lo decide á ejercitar el derecho que le acuerda el artículo 1413 del Código Civil, de pedir la devolucion de los 7000 pesos entregados á cuenta de precio con sus intereses.
A la contrademanda contesta Triacca que del contrato modificado por la carta de 12 de Octubre de 1889, resulta que vendedor y comprador ignoraban la verdadera área del terreno vendido, y si se expresó la de 13.388 metros y 714 milímetros, fué con referencia al boleto de la Curia y para que se entendiese que si había mayor área, el exceso no se comprendía en la
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:51
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