6 - FALLOS DE LA SUPREMA CORTE e tremos están á dos mil metros del mojon esquinero Nord -Este E del campo de propiedad de don Teófilo Duportal sobre la línea A Norte de este campo que fué fijado por el agrimensor Triacca a en 1806. .
E Y ese mojón se encuentra en el lado exterior del campo de la Estancia Vieja como puede verse en el plano de la mensura Re de foja 8. Esta exposicion es, pues, un reconocimiento hecho É Igual demostracion suministra la declaracion del testigo de los E demandados don Manuel Pereya, foja 291, según la cual al prac- ° ticarse en 1883 la mensura del campo de don Cayetano Cabrera É lindante por el Oeste con la fraccion disputada (plano de foja 8) Hi él, en su carácter de Alcalde, citó para la mensura á don TeoÉ doro Duportal por creerlo con derecho en la Estancia Vieja y É éste le contestó que citase á don Juan Guiard como encargado, No Contra estas manifestaciones de los mismos poseedores nada E vale la creencia errónea en que hubiesen estado los testigos de y que aquellos eran propietarios del campo que ocupaban, pues la E intencion del dueño, que la ley exige en la posesion, es un acto de o voluntad del mismo poseedor manifestado por hecho que no A puedeser suplido por la opinion que formen los terceros extraños á la posesion, ES Por estas consideraciones : declaro que los nctores han E probado su demanda, ya se hayan propuesto ejercitar la + accion directa del comodato ó la real reivindicatoria, y que los E demandados no han justificado debidamente su excepcion de prescripcion ni las demás defensas alegadas y condeno á éstos
E representante de don Emilio Duportal y asf lo hizo, citando á
e Guiard y tambien á don Teodoro por la parte de campo que E éste había comprado á Caraballo con la que tambien linda el de Cabrera como lo demuestra el informe del Departamento Topoa: gráfico de foja 154.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:446
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