Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 79:31 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

Que el juzgado para mejor proveer ordenó ú foja 246 se agre- guen los títulos de propiedad del demandante y los dictámenes | de los peritus agrimensores cuyo informe y p'ano corren de fo- :

jas 252 4260, siendo dicha conclusion, la que sigue: « quela 4 lnea Sur de la lonja de Diaz, hoy de Machado, pasa ú 24 metros :

con 80 centímetros al Sur del ángulo Sud Oeste de las calles de :

Chacabuco y 9 de Julio y la línea Norte de la misma lonja pasa E á 6 metros 25 centímetros al Norte del ángulo Nordoeste de las a calles de Chacabuco y 3 de Febrero, siendo cruzada esta lonja 3 por la calle 9 de Julio y 3 de Febrero en la parte de que se trata, E cuyas calles y al Oeste de la de Chacabuco, se hallan interceptadas por la empresa del Ferrocarril Oeste Santafecino con cons- :

trucciones, materiales, vías, etc., cuyos detalles consigna el q plano acompañado», 1 i Que de foja 259 ú foja 264 corren los testimonios de la venta | hecha por don Laureano Diaz á don Casimiro Machado, de los | sobrantes de propiedad del primero, objeto de la cuestion ; de 5 la declaracion de herederos á favor de doña Juana y Fernanda | Machado, y la transferencia de las acciones y derechns de estas 3 á favor de don Olegario Machado, e Y considerando : 1° Que segun resulta de la contestacion á la 1 demanda y lo hace notar la Suprema Corte en su fallo de foja , 255, el demandado no ha negado 6 contradicho el título del actor cuando entabló la accion de reivindicacion y más bien lo reconoce al expresarse en el escrito de foja 5 en estos términos :

« que por la cantidad de 2000 pesos moneda nacional que ya han recibido del doctor don José Olegario Machado y por lo que le.

otorgan carta de pago, venden, ceden y transfieren al mismo a todas las acciones y derechos que tienen y les corresponden en :

la sucesion de don Casimiro Machado, como viuda é hija legítima respectivamente del mismo, á los sobrantes de terreno que co- | rrespondan ó puedan corresponder á dicha sucesion ». E Este mismo parágrafo del escrito del demandado está trans

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

76

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 79:31 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-31

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 79 en el número: 31 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos