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Fallos: 78:82 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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declarante estuvo de servicio ; que en las entregas que hizo no figuraban cajones de las marcas que se dice; que todas las entregas hechas constan en el talonario de boletas, cuyos recibos están firmados por el interesado y el exponente; haciéndose presente que en el depósito se encontraban de servicio otros guardas, una cuadrilla de veinticinco peonus y un capataz, cuyos nombres no puede precisar; que ese mismo dia al presen-.

tarse la casa Carlisle, á que pertenecía uno de los cajones, empezaron las averiguaciones, y como el peon Viera dijera que por órden del exponente se habían entregado, pidió la instruccion de un sumario para cl esclarecimiento del hecho que con tanta injusticia se le imputaba; que cuando se le interrogú por el señor Burgos César al respecto, dijole que quizá por equivocacion habría entregado los cajones, por lo que pidió permiso para averiguarlo en las respectivas casas, como para ver los parciales en Catalinas, en lo que ocupó todo el dia 45, ignorando si los cajones extraviados se encuentran ó no en la tienda Alsina 1302.

Que cerrado el sumario, el procurador fiscal se expide á foja 86, y solicita se le aplique la pena que establece el artículo 81 de la ley de 14 de Setiembre de 1863.

Que el defensor, contestando el traslado de la acusacion fiscal, pide que su defendido sea absuelto de culpa y cargo por no haberse justificado fuera él el autor de la sustraccion que se le acusa ; y abierta la causa á prueba se produce la que corre de foja... á foja...

Y considerando: Que el hurto de los cajones señalados con las marcas triángulo UB, y ANB, de los depósitos de aduana de propiedad de los señores Carlisle y compañía y Nison- Bomor y compañía, se encuentra justificado por haberse encontrado la mercadería hurtada fuerade la jurisdiccion de dicha reparticion, en la tienda de propiedad de don José Padin, calle Alsina 1302, sin que haya sido requerido su despacho por sus dueños.

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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:82 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-78/pagina-82

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