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Fallos: 78:253 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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municada la resolucion de la Suprema Corte, de fecha 13 de Abril de 4899, dispuso, en cumplimiento de ella, que se verifique la citada remision, de cuyo auto ha apelado el fiscal de los tribunales, doctor Agúero.

Fallo de ta Suprema Corte Buenos Aires, Abril 29 de 1899.

Contéstese al juez de Santiago que las resoluciones de esta Suprema Corte, no son apelables para ante los tribunales locales, y que, en consecuencia, debe dar inmediato cumplimiento á lo dispuesto por aquella, mandando la remision de los expedien= tes, papeles y bienes pertenecientes al concurso de Abalos y Ponsa, para lo que se fija el término de cinco dias, bajo las responsabilidades en que, en caso de falta de cumplimiento, incu- reiría con arreglo á las leyes, y los demás ap-rcibimientos de derecho.

BENJAMIN PAZ. —LUIS V. VARELA. — ABEL SAZAN. -— OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT.

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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:253 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-78/pagina-253

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