Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 77:98 de la CSJN Argentina - Año: 1898

Anterior ... | Siguiente ...

98 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 31 de 1898. Pi Vistos y considerando: Que don Dámaso Galarza, siendo ya viudo, adquirió el campo en cuestion por compra hecha en catorce de Diciembre de mil ochocientos sesenta y siete á don Apolinario Romero, quien lo hubo á su vez del gobierno de la provincia de Entre Rios, donde la tierra está situada (escritura de foja trescientos diez y seis).

Que en veinticinco de Febrero de mil ochocientos ochenta y cuatro, don Antonio Facio, en representacion del citado Galarza, celebró con don Jorge Miller el contrato de foja ciento diez y seis, primer cuerpo del juicio seguido por don Felipe Lopez contra Múller, por escrituracion, etc., por el que aquél vende á éste el mencionado campo.

Que el veintinueve del mismo mes y año, don Dámaso Galar2a ratificó el contrato expresado (escritura de foja ciento diez y nueve del citado cuerpo de autos), y protestó despues contra ese contrato el diez y nueve de Abril de mil ochocientos ochenta y cuatro, fundándose en que Facio no había estado facultado para enajenar el inmueble que noera, decía, de su exclusiva propiedad, sino en comun con los sucesores de Ei don Vicente Galarza (foja cuatrocientos treinta y seis).

Que iniciado despues el juicio testamentario de doña Pilar Ventos de Galarza y del referido don Vicente, esposa é hijo respectivamente de don Dámaso, éste asintió primero á que el campo figurase entre los bienes inventariados en esta testamentaria; se opuso en seguida pretendiendo que se excluyera la cosa de dichos inventarios, haciendo valer de haberla adquirido con posterioridad en mucho á la disolucion de su matrimo

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

70

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1898, CSJN Fallos: 77:98 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-98

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 77 en el número: 98 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos