— 10 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE reconocerse que no la había recibido y que había cumplido con —- strencargo interviniendo simplemente en la formalizacion del contrato de venta ; todo lo que consta de los dos cuerpos de au— tos acompañados, relativos al referido pleito entre Lopez y o Múller.
E Que cumpliendo éste con la sentencia expresada, otorgó á faE vor de Lopez, representado éste por don Adolfo Schiitze, la es--. eritura de foja primera del veintiuno de Julio de mil ochocientos E noventa y tres, en la que transmite al citado Lopez las acciones "y derechos procedentes del contrato de compra-venta mencioLa nado, expresando que nunca había tenido lagosesion del cam- E po, porque éste nunca le fué entregado, habiendo el represenE tante de Lopez aceritado la escritura en esas condiciones.
Que con estos antecedentes, Lopez demanda 4 Gallarés, por E accionreivindicatoria. .
Que el mérito de los hechus comprobados auténticamente y de E las decisiones judiciales invocadas, dejan fuera de duda que el vendedor no hizo á Múller tradicion de la cosa vendida y que el E dicho Múller en ninguna otra forma tomó posesion del inmue| ble, resultando igualmente averiguado que cuando Múller ha E otorgado escritura de cesion de acciones y derechos á favor de $ Lopez, el campo estaba bajo la posesion de Sallarés, 1 Que, en consecuencia, carecen de fuerza probatoria las declaraciones de testigos presentados por Lopes tendentes 4 probar Fla posesion dada 4 Múller, porque esas declaraciones no pueden E " mantenerse ante la fuerza de las sentencias y demás instru mentos que se han hecho valer, careciendo asimismo encuanto £ se dirigen á acreditar que Lopez adquirió una posesion anterior |: ú la escrituracion hecha por Múller á su favor y anterior aun E más ála cesion que le hiciera Gollun, porque no tenía título É que sirviera de base á la tradicion, + Que tanto menos puede admitirse que Lopez hubiera tenido E la posesion de la cosa por medio de encargados, como lo pre
É
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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:102
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