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Fallos: 77:80 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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E desistida ú la parte de Galarza de la demanda de vxclusion.

Llevado adelante el juicio e division y particion, el campo se adjudica en fracciones, correspondiendo ú don Dámaso Galarza 600 cuadras y una tercia de otra, y el resto d la viuda é hijos de don Vicente Galarza (fojas 403 4 441).

|: En 2de Agosto de 1888, don Salvador Sallarés compra ú doña Delfina Gallardo, viuda de don Dámaso Galarza, la parte de campo que se le adjudicó en la particion, 48 hectáreas y 209 milésimos. El mismo Sallarés, en 9 de Mayo de 1888, compró ú doña Francisca Sanchez y sus hijas Paula, Cristina y Guillerma Galarza, otra fraccion de 2693 hectáreas que dicen heredaron de don Vicente y don Dámaso Galarza, (fojas 313 y 324, primer cuerpo de los autos Lopez contra Sallarés, y en 7 de Mayo de 1889 compra á don Vicente Galarza su parte hereditaria consistente en 474 hectáreas (foja 333), Demanda En 28 de Febrero de 1894, don Fermin Uzin se present:

ante este juzgado con poder de don Felipe Lopez demandando de don Salvador Sallarés la entrega del campo ya descripto, por accion de reivindicación y mejor derecho, Narra los hechos que quedan expuestos, agregando que los declarados herederos de Galarza se repartieron no sólo del campo comprado por Gollan, sino tambien del dinero que Galarza recibiera como precio de él, Estudiando los hechos ante el derecho, dice : que el título de Gollan, causante de los derechos de Lopez es con mucho anterior en fecha al de Sallarés; y ambos tienen el mismo origen, por cuanto las ventas hechas á este último por los herederos de don Dámaso Galarza tuvieron lugar despues del fallecimiento de éste, siendo por lo mismo los vendedores representantes 'e Galarza en cuanto al título,

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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:80 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-80

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