DE JUSTICIA NACIONAL 3" :
£ Fallo de la Suprema Corte :
Buenos Aires, Diciembre 24 de 1898. 1 Vistos : con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general; en consideracion al estado de las cosas, en lo que á mo- :
neda de oro extranjera se refiere, y sin perjuicio de lo que en dei - E nitiva corresponda resolver juzgando el caso, se confirma el auto :
apelado de foja dieciocho. Notifíquese original y devuélvanse, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN, 5 — OCTAVIO BUNGE. ; 1
CAUSA CCOLX XV E
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Don Juan Chiara contra doña Anselma Otero de Aldao, por y contrato de venta con pacto de retroventa; sobre entrega del j inmueble vendido. :
Sumario. — La venta hecha con pacto de retroventa queda irrevocable, si el vendedor no hizo uso, dentro del plazo estipu- :
lado á ese objeto, del derecho acordado por el pacto; y no probándose por el vendedor el vicio de simulacion opuesto al contrato, da derecho al comprador para pedir la entrega del inmue
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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:31
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