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Fallos: 76:12 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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É 12 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
fallos citados de la Suprema Corte cuando he entendido que al declarar procedente- la apelacion que en ellos trata he prescindido del certificado en cuestion y sólo se ha detenido á mirar si la apelacion estaba dentro del término de cinco días y si esos días eran hábiles 6 no, Por esto es que al contestar la vista conferida me permito .

insistir sobre lo dicho en mi vista de fojas 26 y 38 vuelta considerando que V. S. debe terminar este asunto por sentencia confirmatoria de la resolucion de aduana de foja 6, como lo tengo pedido á foja 38 vuelta.

J. Botet.

Fallo del Juez Federat Buenos Aires, Marzo 27 de 1897.

Y vistos: Por sus fundamentos y concordantes de la vista del señor procurador fiscal de foja 38 vuelta y los del escrito de foja 46 que el juzgado encuentra ajustados, se confirina la resolucion administrativa de foja 6, con costas. Notifíquese con el original, repónganse los sellos y en oportunidad devuélvanse los autos á la aduana á los efectos consiguientes.

tiervasio E. Granel.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Julio 15 de 1897.

Suprema Corte :

La nulidad invocada no ha sido demostrada ni tampoco expresada por el recurrente, no resultando tampoco de las constan- —.

cias del proceso.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 76:12 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-76/pagina-12

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