—_—_—" FALLOS DE LA SUPREMA COBTE do, y por el contrario más bien aceptado por la parte de la Municipalidad, de que las construcciones ú edificios de la em— presa del gas se verificaron desde elaño 1868, siendo asf apliE cable al caso, el principio legul de que € no es necesario para É tener la posesion, ejercerla en todas las partes de un predio, bas1 tando haberlo ejercitado en una porcion principal del mismo », | ó como diceel artículo 2408 del Código Civil ela posesion de e una parte importa la posesion del todo », agregando el artículo E 2411 del mismo que « la posesion fundada sobre un título comy prende la extension de éste », 3" Que si bien es cierto que en la inspeccion ocular, á que se refiere el acta de foja 135, resultó encontrarse construido el edificio del gas que motiva esta cuestion en el centro de la calle 1 de Mayo, segun las guías colocadas por los peritos antes | de haberse constituido el juez en el sitio de la inspeccion ; tambien lo es que el trayecto sobre el cual las indicadas guías se 4 encontraban puestas, no constitufa una calle verdadera por carecer de los edificios necesarios para formarla, 6 sea, « un es+ pacio entre dos hileras de edificios que es la definicion que el diccionario dela lengua da ú la voz calle; encontrándose ese trayecto, desprovisto de construcciones, existiendo sólo algunos aislados hacia el rumbo Norte de aquel en que ubica el del gas, 6 sea en el extremo contrario de esta últime construccion ; siendo de advertir que los mismos que existían, se encontraban así mismo fuera de toda línea regular, entrando unos á la calle, otros fuera de ella, como se demuestra gráficamente por los plunos corrientes ú fojas 122 y 126, levantados con ocasion de la dicha inspeccion ocular; de todo lo cual results que la calle que se denomina 1 de Mayo, úla altura en que se encuentra ubicado el edificio que motiva esta cuestion, lo es sólo en el nombre, ó como proyecto, sin que exista amojonamiento ni traza - queleconfiera una situacion de trayeccion estable y conocida; circunstancia que se explica fácilmente 4 cualquiera persona
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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:70 
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