Estado ó provincia á que pertenecía. Para convencerse de ello, basta ver la publicacion de las sesiones en que esta ley se discutió y sancionó. 3 Este propósito de la ley no se habría armonizado con la exclusion de las créditos hipotecarios, porque es claro que la ejecucion de estos créditos podría arruinar al banco como la de los créditos comunes, la hipoteca no presupone el equilibrio de va- —lores entra la deuda y el inmueble como para que pueda creerse que se entiende entre acreedor y deudor que la hipoteca paga el crédito; no acontece al contrario, que el inmueble que es simple garantía vale más que la deuda ; y en todo caso el deudor hipotecario no ha consentido al dar esa garantía en desprenders:
de su propiedad para el pago del crédito, y al contrario, él queda siempre propietario del inmueble gravado (articulo 3157, Código Civil).
La hipoteca confiere sinplemente un derecho real que importa en definitiva un privilegio de pagarse con preferencia á otro sobre el valor del inmueble y á este privilegio no lo ataca ni destruye la ley de que se trata.
4" Es tambien erróneo que el Congreso no supiera que el Banco tenía deudas garantidas con bipoteca, pues al contrario, se discutió silos acreedores hipotecarios del bunco debían recibir en gurantía el título de 4 por ciento que debía darse á los acreedores comunes lo que demuestra que se conocía la existencia de estos acreedores. Y muy diversa significacion tienen otras palabras vertidas con motivo de esa discusion referente á que el Banco no era Banco hipotecario ú que no recibía dinero sobre hipoteca, 5" Que creyendo el juzgado que el Congreso de la Nacion ha comprendido dentro de su ley de concesion de plazo todos los créditos pasivos del Banco, hipotecarios ó no; pero suceptibles de arruinarlo con su ejecucion violenta, toca decidí: el otro capítulo por el cual pretende el ejecutante se desestime la excep
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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:396
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