Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 75:214 de la CSJN Argentina - Año: 1898

Anterior ... | Siguiente ...

214 FALLOS NE LA SUPREMA CORTE tiéndose la excepcion expuesta á foja seis, se declara que el demandado no está obligado á contestar la demanda hasta tanto que subsane el defecto que ella contiene. Respecto los sellos devuélvanse, ,
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUN

GE.


CAUSA CCLIX
Contienda de competencia por inhibitoria en la causa de don Martin Echeverria contra el Banco Agricola del Rio de la Plata ; sobre consignacion. .

Sumario, — El pleito sobre consignacion, tratándose de un | documento á la órden firmado en la Capital, corresponde al juez de ésta, — :

Caso. — Lo explica el fallo de la Suprema Corte y la vista del señor Procurador general.

Falle del Juez Federal Paraná, Diciembre 21 de 1897, Vistos y considerando: Que la jurisdiccion competente para conocer del pago por consignacion es aquella en que debe cumplirse la obligacion que se quiere pagar.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

51

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1898, CSJN Fallos: 75:214 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-75/pagina-214

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 75 en el número: 214 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos