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Fallos: 75:131 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DE JUSTICIA NACIONAL 131 suma de sesenta y seis pesos con sesenta y seis centavos », reti= rándose ese día en esas condiciones e en vista de ver tan exasperado » á Petrohelli (foja «eis vuelta.) El procesado agrega que, con ese motivo, esperó al día siguiente (el día del crímen) « para exigir su pago, asimismo como para sacar su ropa, que la tenía á bordo » (foja seis vuelta). < A la hora indicada (ocho y media de la mañana) se presentó con el propósito de sacar su ropa y cobrar su haberes, pero el extinto le provocó de obras y de palabras, y como viera su actitud agresiva, procuró contenerle, lo que lefué imposible, pues armado de un cuchillo y encontrándose en la cubierta del buque, y el procesado en un bote, se precipitó á fin de pararle los golpes que le dirigía con el cuchillo (loco citado).

Termina el procesado su relato diciendo que « no pudiendo dominar la ira al verse acometido por Petronelli, le quitó el cuchillo y se trabó una lucha cuerpo á cuerpo en la cual recibió Petronelli una herida mortal que le derribó al agua » (foja seís vuelta).

Esta relacion de los hechos, narrada por Carbonetti casi inmediatamente despues de producirse, la ha repetido en sus demás declaraciones, sin más ampliacion importante que la que consignó en su indagatoria ante el juez federal de Entre Rios, cuando afirma que, no había nadie cuando se inició la contienda porque los marineros estaban en la bodega estibando y el hecho ocurrió de ocho y media á nueve de la mañana » (foja veinticinco vuelta y declaraciones de foja 10 vuelta y foja seis).

Como se vé, el procesado arranca los antecedentes del suceso desde la víspera del crímen.

Las declaraciones del proceso, en cuanto se pueden referir á esos antecedentes, ni los ratifican, nilos rectifican, porque ninguno de los testigos los han conocido ni los han presenciado.

Todos ellos hacen arrancar sus testimonios del momento en que Carbonetti dabade puñaladas 4 Petronelli, pues hasta enlorefe=

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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:131 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-75/pagina-131

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