Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 10 de 1898 Vistos y considerando: De autos resulta'que el procesado Dante Carbonetti, italiano, de treinta y dos años, murinero, está convicto y confeso de haber perpetrado en la mañana del seis de Febrero de mil ochocientos noventa y siete, el delito de homicidio en la persona de don Emilio Petronelli de la balandra « Angel Elía », fondeada á la sazon en el puerto de Victoria, en la provincia de Entre Rios, Comprobada la existencia del delito y la persona del culpable, y siendo distinta la pena impuesta por la ley al homicidio, segun fuesen las condiciones y circunstancias en que él hubiese sido cometido, es menester, ante todo, tratar de conocer aquellas condiciones y circunstancias que puedan servir para determinar el grado de responsabilidad criminal en que ha incurrido el procesado.
La prueba reunida en los autos no es bastante completa, ni conforme como para que, por sf sóla sirva para reconstruir los hechos, desde su iniciacion hasta su término.
Los testigos que han declarado en el proceso, 6 no han podido hacerlo respecto de ciertos puntos capitales por no haberlos podido presenciar, ó sus declaraciones respecto á un mismo hecho no guardan la conformidad y armonía necesarias para formar una prueba plena, en el sentido legal de esta palabra.
Con exclusion delas propias declaraciones del procesado, sólo — tres son los testigos que han sido interrogados en los tres sumarios que forman los autos, el primero ante la Prefectura ma _rítimade Victoria, el segundo ante el juez de pas local del mismo distrito, y el tercero ante el juez federal de la seccion de EnT. LXXY 9
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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:129
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