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Fallos: 75:11 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DE JUSTICIA NACIONAL 11 4 sos en los cinco años. La reconstruccion de todos los cercos la" + estiman en trescientos pesos. La defensa hecha constantemente 4 por Antonini de sus sementeras, contra las invasiones de gente y animales, en mil pesos. El terreno vendido por Antonini 4 ——' don Vicente Fianchi en un peso y veinticinco centavos el metro cuadrado, 6 sea en tres mil ochocientos cincuenta y cinco pesos — el tudo. | El perito Bourbotte, á foja 46, se expide en desacuerdo. Cal- | cula el terreno sembrado de alfalfa en tres cuartos de cuadra, y — tomando en cuenta la seca y langosta de los años pasados, y lo a experimentado por él mismo como cultivador, súlo cree que ha :

podido darle á Antonini tres cortes por año, el de Noviembre de cuatro toneladas y los de Marzo y Mayo en dos y media tonela- :

das. Que deduciendo los gastos necesarios, sólo pueden haber dado libres, ciento sesenta pesos por año, y eso teniendo en cuenta los buenos precios á que él mismo ha vendido, Las verduras cultivadas sin esmero como él ha visto quelo hacía Anto- —| nini, en mal terreno y con la seca y langosta, vendidas allí mismo el que quería ir á comprarle, no ha pudido producir más de " cincuenta pesos por año. La reparacion de todo elalambrado de tres hilos y con mala clase de madera como es, lo estima en sesenta pesos. Dice que no bay troncos ni otros signos, que demuestren haberse destruido alguna planta de fruta, como no los hay de pisoteo de animales ni de haber existido alfalfa en el terreno ocupado por las call:s abiertas, pues éstas han sido cavadas de medio metro y en partes un metro. Las del oeste de ..

la calle de Salta han sido alfalfadas, pero hacen muchos años.

El terreno objeto de la retroventa lo avalúa en cuarenta centavos la vara cuadrada, Por todo lo cual aprecia, segun ciencia y conciencia, en mil ciento diez pesos todos los perjuicios que por —" las causas expresadas, ha podido sufrir Antonini.

Presenta tambien Antonini, como prueba de sus pretensiones, el informe de la municipalidad de foja 65, según el cual sus

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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:11 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-75/pagina-11

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