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Fallos: 74:361 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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Sírvase V.S., para mayor abundamiento, tener por reproducidas en este punto, las consideraciones que expuse en mi vista de foja 20.

Sírvase V. S. igualmente dejar á salvo para su oportunidad, ejercer la accion que me corresponde, de acusar al Ferrocarril del Sud por defraudacion de la renta fiscal.

J. Botet.

Fallo del Juez Federa! Buenos Aires, Octubre 17 de 1896.

Y vistos: los presentes autos de los que resulta : Que iniciado por el procurador fiscal juicio ejecutivo contra la empresa del Ferrocarril del Sud, por la cantidad de 3255 pesos, importe de los reparos á que se refieren los documentos de foja 16, en la estacion oportuua del procedimiento fué deducida por la compañía demandada la excepcion de inhabilidad de título, fundada en que el documento con que se procede no se encuentra comprendido en ninguno de los casos que enumera el artículo 249 del Código de Procedimientos.

Que sustanciada la excepcion con el respectivo traslado, fué abierta la causa á prueba por auto de foja 56 vuelta, no habiéndose producido prueba alguna, segun certificado de foja 57 vuelta, y llamándose autos para sentencia.

Y considerando: Que las resoluciones de los administradores de aduana sólo hacen cosa juzgada, cuando las partes la hayan consentido, ó apelado, se halle ejecutoriada la resolucion del superior, artículos 1083 y 1071 de las Ordenanzas de aduana ; y para que estos extremos resulten, se hace necesario la notificacion prévia á los interesados de la resolucion de aduana (artícu

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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:361 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-74/pagina-361

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