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Fallos: 74:358 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DEMANDA DEL PROCURADOR FISCAL
Buenos Aires, Setiembre 4 de 18591, Señor Juez:

Habiendo V. S. proveido de acuerdo con la vista de este ministerio de foja... se sirvió pasar este expediente á la Direccion general de rentas para que ella hiciese los reparos y reclamos á que hubiese lugar contra la empresa del Ferrocarril del Sud por la introduccion libre de derechos de los materiales para los elevadores de granos, en infraceion á la ley que acuerda la libre introduccion para materiales de vía férrea.

Segun la presente planilla de foja 16, la Direccion de Rentus hace ascender lo que la empresa mencionada adeuda al fisco ú la suma de 3255 pesos, y quees lo que ella debe abonar al tisco en el presente caso.

En ejercicio de miy funciones, vengo á V. S. entablando demanda ejecutiva contra la empresa del Ferrocarril del Sud, á fin de que pague la dicha suma, bajo apercibimiento «e ejecucion y embargo:

El domicilio de la mencionada empresa es en la calle Piedad número 659.

J. Pote, Auto del Juez Federat Buenos Aires, Setiembre 7 de 1891, Pur presentado y deducida la presente demanda ejecutiva ; intímese á la empresa del Ferrocarril del Sud el pago, dentro de tercero día, de la suma de 3255 pesos moneda nacional, bajo apercibimiento de ejecucion y embargo.

Lalanne.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:358 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-74/pagina-358

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